ORIENTACIÓN AL CONTRIBUYENTE

 

IMPUESTO PREDIAL

 

¿Qué es el Impuesto Predial?  

Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización. La Municipalidad Distrital de Miraflores es la encargada de la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial de los inmuebles ubicados en el Distrito. El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años.

 

¿Cuándo se debe pagar el Impuesto Predial?

Tratándose de un impuesto de periodicidad anual, la Ley establece que puede pagarse al contado, hasta el último día hábil de febrero, o fraccionado en cuatro cuotas: el último día hábil de febrero, mayo, agosto y noviembre respectivamente. En este caso, el valor de cada cuota a partir de la 2da. se reajustará con el Índice de Precios al por Mayor (IPM) que publica el INEI mensualmente.

 

¿Cómo se calcula el Impuesto Predial?

El impuesto se calcula aplicando al valor del total de los predios afectos del contribuyente, ubicados en el distrito, la siguiente escala progresiva acumulativa (ver cuadro). El valor se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por RM 410-2006-VIV, 413-2006-VIV, 413-2006-VIV y 414-2006-VIV publicados el 01 de noviembre de 2006.

 

ESCALA PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO 2011
AÑO
UIT
TRAMOS EN UIT
TRAMOS EN SOLES
%
PARCIAL
ACUMUL

 

2011

 

3600

DE 00 A 15 UIT
00001 A 54000
0,20
S/.108.00
S/.108.00
15 A 60
54001 A 216000
0,60
S/.972.00
S/.1,080.00
60 A MAS
210001 A MAS
1,00
-
-

 

 

ARBITRIOS MUNICIPALES

 

Los Arbitrios Municipales son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de los servicios públicos de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo. Se aprueban mediante Ordenanza Municipal la cual, para su vigencia, debe ser ratificada por la Municipalidad Provincial y publicada en el Diario Oficial El Peruano. La Municipalidad presta los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo.

 

¿Quienes deben pagar los Arbitrios?

Los obligados al pago de los Arbitrios son los propietarios de los predios, aún cuando no los habiten o los mismos se encuentren ocupados por otras personas, bajo cualquier título o sin él. Excepcionalmente el obligado al pago será el poseedor del predio, cuando no pueda identificarse al propietario. La condición de contribuyente se configura el primer día calendario de cada mes al que corresponda la obligación tributaria.

 

¿Cuándo se pagan los Arbitrios?

La periodicidad de los arbitrios es mensual, pero a fin de facilitar el cumplimiento tributario, se ha establecido las siguientes fechas de vencimiento

 

Ver Vencimientos de pago

A fin de poder cumplir con sus obligaciones de pago de los referidos tributos, Con el pago puntual de sus tributos estará contribuyendo a hacer de Miraflores una ciudad moderna.

 

 

Horario de Atención

De Lunes a Viernes de 07:30 A 15:30 Hrs.

Teléfonos: 054-242124 Anexo (104) Servicio al Contribuyente

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