INSCRIPCIÓN ORDINARIA DE NACIMIENTO (Trámite Gratuito)
Se realiza dentro los 30 días calendarios de producido el nacimiento.
BASE LEGAL:
Artículo 06 de la Constitución Política del Perú - Articulo 7 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337).
1. |
Documento de Identidad original del o los Padres (DNI, Libreta Militar), en caso de extranjeros: pasaporte ó carné de extranjería. |
2. |
Certificado de Nacimiento Vivo , debidamente suscrito y sellado expedido por el centro de salud o médico facultativo.
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3. |
Presencia de los padres individual o conjuntamente con su Documento de Identidad (DNI) y/o son Casados traer partida Matrimonio.
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Nota: De acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 47º AL 50º de la Ley N ° 26497.
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INSCRIPCIÓN EXTEMPORÁNEA DE NACIMIENTO (Trámite Gratuito)
NACIMIENTO DE MENOR DE EDAD:
El nacimiento de un menor de edad que no se haya inscrito dentro del plazo establecido por ley (30 días calendarios) puede inscribirse en forma extemporánea conforme a las disposiciones contenidas el artículo 47º de la Ley N º 26497 y el artículo 26 del D.S Nº 015-98-PCM Reglamento de inscripciones de RENIEC.
REQUISITOS:
1. |
Solicitud de Inscripción. |
2. |
Documento de Identidad original del o los Padres (DNI, Libreta Nacimiento) en caso de extranjeros: pasaporte ó carné de extranjería. |
3. |
Certificado de Nacimiento Vivo , debidamente suscrito y sellado expedido por el centro de salud o médico facultativo.
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Si los declarantes optan por registrar el nacimiento en la Oficina del Registro del Estado Civil de la Municipalidad correspondiente a su lugar de domicilio deberá obtener previamente la Constancia de No Inscripción de ocurrencia del nacimiento , y viceversa; a fin de evitar la duplicidad de inscripciones. |
INSCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA DE NACIMIENTO DE MAYORES DE 18 AÑOS ( Trámite Gratuito )
La inscripción extemporánea de nacimiento de mayor de edad está reglada por el artículo 49º al 50º de la Ley Nº 26497 y el artículo 27 del D.S Nº 015-98-PCM Reglamento de inscripciones de RENIEC.
Conforme a la norma, la persona mayor de 18 años que no está inscrita, puede solicitar la inscripción de su nacimiento en forma extraordinaria, para lo cual se requiere un Procedimiento Registral que concluye con Resolución Registral correspondiente emitida y suscrita únicamente por el Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil, admitiendo o denegando la inscripción solicitada.
REQUISITOS:
1. |
Solicitud - Declaración Jurada. |
2. |
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3. |
Certificado de Homologación de huellas dactilares o fedatizado.
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| 4. |
Copia simple de los D .N.I. de los testigos legalizados por Notario. |
| 5. |
Certificado Inscripción RENIEC. |
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NOTA:
De acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 47º de la Ley N º 26497 y el artículo 26 del D.S Nº 015-98-PCM Reglamento de inscripciones de RENIEC se podrán solicitar documentos sustitutos.
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Horario de Atención
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